Luego de ahorrar o de hacer accedido a un crédito, por fin lograste comprar ese terrenito que tanto soñabas y ahora estás a punto de construir tu nueva casa o ampliar la que ya tienes. Antes de ir a contratar un “maestro” para que te haga el trabajo, debes saber que necesitas solicitar una licencia de construcción en la municipalidad de tu localidad. ¿Qué es, para qué sirve y cómo se solicita una licencia de construcción? Tranquilo que ya te lo explico.
¿Qué es una licencia de construcción?
Visto de forma simple, la licencia de construcción es un documento emitido por la municipalidad, otorgándote la autorización para empezar la construcción.
¿Qué beneficios te da una licencia de construcción?
- Detectar errores a tiempo: tanto de cálculo como de diseño de la vivienda.
- Seguridad: Obtener una edificación segura
- Evitar estafas: Trabajar con profesionales habilitados para mayor seguridad del proceso.
- Seguimiento y control: La municipalidad envía supervisores a verificar que se esté realizando la obra de acuerdo a los planos
¿Cuánto tiempo de validez tiene la licencia de construcción?
Licencia por construcción total: 36 meses, pero se puede revalidar por 36 meses más presentando la revalidación 30 días antes del vencimiento (en caso desarrolles la construcción por etapas).
Ojo: No necesitas licencia de construcción para:
- Construcción de cercos menores de 20 metros lineales.
- Trabajos de acondicionamiento o refacción: cambio de inodoros, mantenimiento de griferías, colocar muros de drywall.
- Instalaciones de casetas de ventas o cualquier instalación temporal.
Modalidades:
Modalidad “A”: Aprobación automática con firma de profesionales, el cargo de ingreso constituye la licencia, previo pago del derecho correspondiente, y a partir de este momento se pueden iniciar las obras. Dentro de esta modalidad, puedes:
- Construcción de vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 (de área construida).
- Ampliación de vivienda unifamiliar de área techada total menos a 200 m2.
- Remodelación sin cambios estructurales.
- Demolición de edificaciones hasta 3 pisos, sin semisótanos ni sótanos.
- Ampliaciones o remodelaciones consideradas como obras menores (construcciones que no superan las 10 UIT en su presupuesto y demolición menor a 30 m2).
- Construcción de muros perimétricos mayores a 20 metros lineales.
Modalidad “B”: Aprobación de proyecto con evaluación por la municipalidad o con evaluación previa de los revisores urbanos.
- Edificaciones para fines de vivienda menores a 5 pisos y menores a 3000 m2 de área techada.
- Ampliación y remodelación con modificación estructural.
- Demolición total de edificaciones de hasta 5 pisos que cuenten con semisótanos o sótanos (sin explosivos).
- Construcción de muros que se encuentren en áreas de uso común y exclusivos.
Modalidad “C”: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica o por los revisores urbanos.
- Edificaciones para fines de vivienda mayores de 5 pisos y menores de 30 000 m2 de área techada
- Edificaciones de uso mixto con vivienda
- Demolición total de edificaciones de más de 5 pisos de altura, o que requieran el uso de explosivos.
- Mercados menores a 15 000 m2, locales deportivos de menos de 20 000 ocupantes, locales comerciales, culturales, etc., hasta 30 000 m2
Modalidad “D”: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica o por los revisores urbanos.
- Las edificaciones para fines de industria
- Las edificaciones para fines educativos, salud, hospedaje, establecimientos de expendio de combustible y terminales de transporte
- Edificaciones para fines diferentes de vivienda (gimnasios, tiendas por departamento, etc.).
- Las intervenciones que constituyan parte integrante del patrimonio cultural de la nación, declaradas por el Ministerio de Cultura.
Requisitos generales:
- Formulario Único de Edificación (firmado por profesionales a cargo del proyecto).
- Declaración jurada de los profesionales que intervienen en el proyecto, señalando encontrarse hábiles para el ejercicio de la profesión.
- Documento que acredite derecho a edificar (copia del DNI del propietario o persona con carta poder notariada que autorice edificar en el terreno)
- Certificado de factibilidad de servicios (luz, agua, desagüe).
- Copia literal de dominio o copia del Título de Propiedad.
- Declaratoria de fábrica (según corresponda)
- Pagos al Colegio de Arquitectos e Ingenieros (modalidades C y D)
- Pago por derecho de trámite (según municipalidad)
Documentación técnica:
- Plano de ubicación y localización
- Plano de arquitectura
- Plano de estructura
- Plano de instalaciones sanitarias
- Plano de instalaciones eléctricas
- Respectivas memorias descriptivas y/o cálculos, según corresponda.
- Estudios de mecánica de suelos (según corresponda).
- Póliza Car (según corresponda)
- Otros estudios y planos necesarios según proyecto.
Esquema de trámite de licencia de construcción:
En el siguiente cuadro se explica el proceso del trámite de licencia de construcción especificando los plazos.
Dato: si el expediente ha sido declarado no conforme 3 veces sin poder levantar las observaciones, el expediente tendrá que ingresarse de nuevo.