Si estás pensando en tener un viaje prolongado, ya sea fuera de tu ciudad o del Perú y tienes miedo de dejar desamparada tus propiedades, no te preocupes más, hay una solución rápida y eficaz.
Puedes hacer una INMOVILIZACION DE PARTIDA REGISTRAL, esta herramienta te permite inmovilizar tu propiedad por un plazo máximo de 10 años, esto quiere decir que ninguna persona puede ingresar un título de propiedad a nombre de terceros y si lo intenta se generará una alerta en Registros Públicos notificando a la notaría, y ella debe corroborar la autenticidad de la escritura, si no lo hace este es un documento fraudulento, el cual será rechazado por Registros Públicos.
El titular es la única persona que tiene la facultad de inmovilizar y de levantar la inmovilización de partida registral.
La Inmovilización de Partida Registral también puede ser utilizada por los titulares que tienen más de una propiedad y no tienen pensado vender
REQUISITOS
- Formulario de solicitud de inscripción.
- Escritura Pública donde el propietario manifieste su voluntad de inmovilizar temporalmente el predio.
- Declaración Jurada del propietario o propietarios, donde se declare bajo juramento que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización temporal, no ha sido transferido o se encuentre afectado de carga y/o gravamen en la fecha anterior de la declaración jurada.
¿Un apoderado con poder amplio o total puede levantar la inmovilización?
cual es el costo del trámite en los Registros Públicos y si los coherederos declarados pueden hacer esa inmovilización?.
Pueden hacer la inmovilización, quienes se encuentren inscritos como dueños de la propiedad.El costo aproximado S/. 350,00
gracias y muy buena informacion
excelente informacion